¿Tienen que participar también en la instalación los locales con acceso independiente?
La normativa sobre propiedad horizontal establece la obligación de llevar a cabo las obras necesarias para garantizar la accesibilidad de las personas con discapacidad o mayores de setenta años a las viviendas en las que viven o trabajan.
A instancias de los propietarios, no requerirán acuerdo previo de la junta. Incluye la instalación de rampas, ascensores u otros dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan la orientación o su comunicación con el exterior en las zonas comunes,
Ello siempre que el importe repercutido anualmente de las mismas, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas, no exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes, siendo obligatoria para la comunidad y todos los propietarios, incluidos los locales, la contribución a las mismas.
El Tribunal Supremo ha dicho que los propietarios deben pagar los gastos de la primera instalación del ascensor en función de las cuotas de participación, no pudiendo acordar una distribución desigual de los gastos, ya que lo que se pretende es garantizar la accesibilidad y mejora del edificio. Incluye los locales comerciales con entrada independiente.
Aun en el caso de los locales estuvieran eximidos del pago en los estatutos, algunos tribunales mantienen igualmente que, si la eliminación de las barreras arquitectónicas está fundada, los locales están igualmente obligados. Dicha exención podrá referirse a ciertos gastos que sirven a las viviendas, pero no a los destinados a la eliminación de barreras arquitectónicas.
Nuestros profesionales pueden prestarle adecuado asesoramiento sobre el funcionamiento de su comunidad y la adopción de acuerdos conforme a las exigencias normativas, así como emprender las actuaciones idóneas en la defensa de sus derechos
Esta página web utiliza cookies propias, que pueden ser técnicas o analíticas, para asegurar el correcto funcionamiento de todos sus contenidos y hacer seguimiento del uso de los mismos. Clica aquí para más información.
Accediendo a la política de cookies siempre podrás visualizar este banner que te permite configurar o rechazar las cookies.
Puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón “Aceptar” o configurarlas o rechazar su uso pulsando el botón "Configurar".
Esta página web utiliza cookies tanto propias como de terceros para analizar nuestros servicios y la navegación en nuestra página web con el fin de mejorar los contenidos de la misma (fines analíticos: medir visitas y fuentes de tráfico web). La base legal es el consentimiento del usuario, salvo en el caso de las cookies básicas, que son imprescindibles para navegar por esta web.
Accediendo a la política de cookies siempre podrás visualizar este banner que te permite configurar o rechazar las cookies.
Puedes aceptar todas las cookies pulsando el siguiente botón:
COOKIES BÁSICAS E IMPRESCINDIBLES
Las cookies básicas e imprescindibles resultan necesarias para navegar por esta web y recibir el servicio ofrecido a través de ella, por lo que no requieren consentimiento. Se trata de cookies destinadas a permitir, únicamente, la comunicación entre el equipo del usuario y la red y prestar un servicio que haya sido solicitado por el usuario.
COOKIES DE ANÁLISISDesactivadoActivado
Permiten cuantificar el número de usuarios y examinar su navegación, pudiendo así medir y analizar estadísticamente la utilización que se hace de la web, con el fin de mejorar los contenidos y el servicio a través de ella. Pueden ser cookies propias o de terceros. Si no se aceptan, simplemente no se llevará a cabo el análisis indicado.
Al pulsar “Guardar preferencias y seguir navegando”, se guardará la selección de cookies que haya realizado. Si no ha seleccionado ninguna opción, pulsar este botón equivaldrá a rechazar todas las cookies.